01Área de práctica
Derecho Constitucional — garantías y litigio en Ecuador
Cuando una autoridad excede sus límites, hay una vía constitucional para responder. Defendemos derechos fundamentales de personas y organizaciones con técnica procesal y la urgencia que estas causas exigen — desde la acción de protección hasta la Corte Constitucional.
Servicios
En qué actuamos
Acción de protección y medidas cautelares constitucionales
Tutela judicial inmediata cuando un acto u omisión vulnera derechos fundamentales.
Acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional
Revisión de sentencias firmes dictadas con violación de derechos o del debido proceso.
Litigio constitucional estratégico
Diseño y patrocinio de causas constitucionales de alto impacto.
Garantías jurisdiccionales: hábeas corpus, hábeas data, acceso a la información
Defensa de la libertad personal, de sus datos y del derecho a saber.
Acciones de inconstitucionalidad y consultas de norma
Control de normas y actos normativos contrarios a la Constitución.
Quién responde
Abg. Angel Leofred Chacaguasay Flores
Penal · Constitucional · Laboral
Cómo trabajamos
Así trabajamos, paso a paso.
01
Cuéntenos su caso
Por WhatsApp o formulario, en confianza.
02
Evaluamos y le decimos qué es posible
Escenarios reales y honorarios claros por escrito, antes de actuar.
03
Ejecutamos la estrategia
Con reportes de avance y un responsable con nombre.
Preguntas frecuentes
01¿Qué es una acción de protección y cuándo procede?
Es la garantía jurisdiccional que tutela derechos fundamentales frente a actos u omisiones de autoridad pública — y de particulares en los casos que la ley determina. Procede cuando existe vulneración directa de un derecho y no hay otra vía judicial adecuada y eficaz para repararla.
02¿Cuánto tarda una acción de protección?
La Constitución la concibe como un procedimiento sencillo, rápido y eficaz: la audiencia se convoca en días, no en meses. La duración real depende del juzgado y de la complejidad del caso; en la primera conversación evaluamos escenarios concretos, sin promesas de plazo.
03¿Puedo acudir a la Corte Constitucional si ya perdí el juicio?
En ciertos casos, sí. La acción extraordinaria de protección permite que la Corte Constitucional revise sentencias y autos definitivos cuando en el proceso se violaron derechos constitucionales o el debido proceso. Tiene requisitos y plazos estrictos, por lo que conviene evaluarla apenas quede firme la decisión.
Hablemos
¿Su caso es de constitucional?
La primera conversación no le obliga a contratarnos.